Resumen del Anteproyecto de Ley Transformacion digital del sector financiero

El pasado 10 de julio tuvo lugar la publicación del Anteproyecto de ley de transformación digital del sistema financiero por parte del Ministerio de Economía y Empresa. Sin duda, es una norma muy esperada y aplaudida desde todo el sector Fintech. Veremos un resumen del Anteproyecto de ley de transformación del sistema financiero y la creación del Sandbox o banco de pruebas regulatorio.

En su exposición de motivos, el Ministerio considera que las nuevas tecnologías tienen el potencial en última instancia de reducir las asimetrías de información, mitigando los fallos de mercado en el sector y contribuyendo a mejorar la asignación de riesgos en la economía; también, mediante la automatización y mejora en la supervisión del sector financiero. Sin duda, es muy positivo que desde las autoridades se tenga esa opinión en relación a la labor que desarrollan las Fintech.

El Anteproyecto de ley nace con el objetivo de facilitar la innovación financiera de base tecnológica, al tiempo que se refuerza la seguridad jurídica, se garantiza la protección de la clientela de servicios financieros y se amplían los instrumentos de que disponen los supervisores para el cumplimiento de sus funciones.

Con esta norma se crea un sandbox o campo de pruebas piloto que testará en la práctica los nuevos modelos de negocio de las Fintech. Este campo de pruebas, que nacerá en 2019, tiene como finalidad estudiar el comportamiento de las Fintech antes de desarrollar una normativa ad hoc.

Este espacio controlado de pruebas contará con la supervisión de los reguladores (Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones).

El acceso por parte de los participantes al sandbox estará absolutamente controlado, debiendo presentar los promotores las oportunas solicitudes ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. Se dará acceso a aquellos proyectos de base tecnológica que aporten innovación financiera y que estén suficientemente avanzados. Nunca supondrá en esa fase inicial una autorización para el inicio del ejercicio de una actividad.

Según el artículo 5 de este Anteproyecto, los proyectos innovadores deberán aportar, a criterio razonado de las autoridades competentes, potencial valor añadido en, al menos, uno de los siguientes aspectos:

  • a) Dirigirse a mejorar el cumplimiento normativo mediante la mejora u homogeneización de procesos u otros instrumentos;
  • b) Suponer un eventual beneficio para los usuarios de servicios financieros en términos de mejora de la calidad y de las condiciones de acceso y disponibilidad en la provisión de servicios financieros o de aumento de la protección a la clientela.
  • c) Aumentar la eficiencia de entidades o mercados; o,
  • d) Proporcionar mecanismos para la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera;

Asimismo, se establece en el Anteproyecto todo un régimen de garantías en aras a la protección de los participantes. Son pilares básicos de la norma: el consentimiento informado por parte del participante, la protección de datos de carácter personal de éste, el derecho de desistimiento de los participantes en cualquier momento del proyecto, la confidencialidad y el secreto industrial y un régimen de responsabilidad por los daños que puedan ocasionarse y que irá a cuenta de los promotores.

En relación a este último extremo, se establece la necesidad de implantar un sistema de garantías ante eventuales responsabilidades de daños y perjuicios, estando obligados los promotores a contar con garantías económicas que responsan ante los eventuales daños, garantías que podrían ser seguros, avales bancarios o fianzas.

Posteriormente a la realización de las pruebas, los promotores tendrán que redactar una memoria evaluando el resultado de las mismas. En caso de que los promotores tengan interés en seguir con la actividad de forma permitida y regulada, deberán solicitar expresamente la autorización de inicio de actividad. Por tanto, la norma establece un sistema de “pasarela de acceso a la actividad”.

Desde Enfintech vemos muy positiva la iniciativa prevista en el Anteproyecto de Ley, siendo una gran noticia para el sector Fintech. Consideramos que el sandbox será el espacio perfecto para llevar a cabo iniciativas conjuntas por parte de participantes, promotores y reguladores, y supondrá un avance significativo en un sector que todavía está ciertamente infraregulado.