P2P insurance

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Lidia ha preguntado hace 4 años

Alguien me puede explicar de forma sencilla en qué consiste el P2P insurance o aseguramiento peer-to-peer, si hay empresas en España que se dediquen a ello y qué ventajas y riesgos hay de tener con estas insurtech los seguros contratados?

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Carlos Lluch Staff ha respondido hace 4 años

Hola Lidia,

Esta es una pregunta muy interesante y que tiene una respuesta compleja que intentaré hacer simple en su comprensión así que no emplearé lenguaje asegurador (que me perdonen los profesionales).

Peer-to-peer o P2P (lo encontrarás en Internet y en prensa económica bajo ambas formas) significa «de igual a igual». Eso no nos dice mucho pero es asimilable a un negocio entre particulares, en el que no hay una posición dominante y otra vulnerable sino que el negocio se desarrolla entre iguales.

Ese mensaje, que puede parecer muy chulo e innovador lo conocemos muy bien: cuando un particular quiere cambiar su coche viejo por uno nuevo puede dejar el viejo en el concesionario o un compra-venta o puede poner un anuncio y vendérselo a otro ciudadano como tu o yo. Del mismo modo, si un chorizo intenta vendernos en un callejón un Iphone robado o si una prostituta ofrece servicios en la calle… estamos ante P2P. Con ello lo que quiero dar a entender es que P2P no es nada nuevo ni necesariamente bueno, legal, responsable u honesto.

Perdona si soy algo bruto pero necesito dar a entender la realidad. No hay aura, hay personas buenas, personas malas, empresas responsables y empresas tóxicas. Y un enorme mar de mediocridad.

Una vez roto el misticismo toca analizar lo que eso implica en seguros.

En este momento se habla de seguros P2P en ciertos entornos. Por ejemplo hay un cierto despertar en el mercado estadounidense y, si tuviéramos que hablar de paradigmas por lo bien que lo han vendido, estaríamos ante Friensurance (Alemania), Oscar Health Insurance (USA), Guevara (UK) y otras.

En todos estos proyectos la base del negocio consiste en hallar colectivos que tengan algo en común y cuyos miembros estén dispuestos a pagar poco de entrada por sus seguros. Si el resultado es rentable el seguro puede devolverles algo del dinero pagado y si, por el contrario, hubo más siniestros de los previstos pues les toca pagar un extra hasta compensar pérdidas.

Ejemplo: imaginemos que 1000 personas jóvenes, menores de 25 años, quieren asegurar su coche y en el mercado un seguro para ell@s cuesta 600€. Una aseguradora P2P les propone lo siguiente:

«Os voy a vender el seguro a 400€ con lo que, de entrada, os ahorráis 200€. Yo descontaré un 10% de esos 400€ = 40€ que será mi beneficio por administrar el seguro. quedan 360€ para siniestros por lo que en total juntáis 360.000€. Si gastáis menos de 360.000€ os devolveré un 25% de la diferencia cuando acabe el año. Si hay siniestros por importe superior tenéis que compartir esa diferencia entre todos y pagármela».

Eso, a priori, suena muy bien porque tod@s en el grupo de contratantes tiene interés en conducir bien para provocar un ahorro colectivo y obtener el retorno prometido del 25% de la diferencia. Pero ¿qué pasa si uno solo de los miembros del grupo comete un error, se despista o es un mal conductor? Imaginemos que hay un atropello y genera un gasto de hospital más indemnizaciones de 550.000€ y el resto de indemnizaciones del grupo suman 200.000€ Tenemos un gasto total de 750.000€ y las «reservas» del seguro eran de 360.000€ por lo que faltan 390.000€ que a repartir entre los 1.000 asegurados supone pagar 390€ adicionales a los 400€ pagados al principio por lo que el coste real del seguro es de 790€, 190€ más caro que lo que nos habría costado en una compañía estándar. La pregunta es ¿Y si en lugar de un conductor chungo en el colectivo hay dos o tres… o más?

Ahora te contaré que ese sistema P2P tan novedoso no es ni más ni menos que lo que en España se ha venido llamando «MUTUA DE SEGUROS A PRIMA VARIABLE». En España las ha habido desde el S XIX pero con la entrada en vigor de una Ley (la LOSSEAR) resultado de trasponer la Directiva llamada «Solvencia II» han desaparecido las dos últimas(La Unión Montijana Seguros Mutuos contra Incendios a Prima Variable y Seguros Mutuos a Prima Variable de Incendios de Casas del Valle de Mena, que con estos nombres imaginarás que no son start-up precisamente).

El objetivo de Solvencia II no ha sido otro que aportar seguridad a los asegurados quitando de en medio sistemas tradicionales (insisto, el P2P de nuevo no tiene nada) poco seguros porque dejaban expuesto al cliente a «derramas» (esos pagos al final del seguro) por lo que este nunca sabía cuanto pagaría realmente pero, además, hacía inviable la creación de provisiones para cubrir la totalidad del riesgo generado por lo que también exponía a las víctimas o beneficiarios a no cobrar si los mutualistas (los miembros del grupo) no cumplían o no podían cumplir sus compromisos. Imagínate hacer una compra de la que no sabes cuanto vas a pagar de verdad.

Decía la Ley que «Las mutuas a prima variable son entidades aseguradoras privadas sin ánimo de lucro fundadas sobre el principio de ayuda recíproca, que tienen por objeto la cobertura, por cuenta común, a sus socios, personas físicas o jurídicas, de los riesgos asegurados mediante el cobro de derramas con posterioridad a los siniestros, y cuya responsabilidad es mancomunada, proporcional al importe de los respectivos capitales asegurados en la propia entidad y limitada a dicho importe».

Como te puedes imaginar en P2P no hace falta ser un lince de la estadística: si te equivocas el mutualista tendrá que poner pasta hasta cubrir las pérdidas. En las mutuas a prima fija (sin sorpresa a fin de año) o en las sociedades de seguros esto no pasa por lo que vas a coste fijo, conocido y presupuestable.

Ya he hablado antes de personas buenas y de personas malas. Imagina entonces esa realidad aplicada a un seguro que te pueden vender a un precio muy goloso, apetecible, a sabiendas de que dará pérdidas. Tu picas y compras, pensando que es un buen negocio. Pero luego llega la dura realidad. También imagina otro escenario, que se dio en un país europeo: cuando la gente acudía a informar un parte de siniestro intentaban disuadirla para que no diera el parte

«Uf… si das un parte afectas la rentabilidad del seguro, si todo el mundo hiciera lo que tu no cobraríais el 25% sino que tendríais que pagar un extra. ¡Piensatelo!»

Por tanto, de momento, en España y por mandato de la LOSSEAR no están permitidas las mutuas a prima variable ni los seguros P2P en estado puro. Puede haber alguien que quiera parecer cool y que se denomine así pero no tendrá las componentes de los P2P pura cepa como en USA, Nueva Zelanda o China (Hong Kong).

Lo interesante de las Leyes y, especialmente, de las Directivas y Reglamentos europeos, es que son muy protectores para el consumidor. Con frecuencia veo a insurtech que hablan de que la rigidez de ciertas normas les dificultan el camino pero es que el deber de un Estado no es poner autopistas para acelerar empresas sino que estas cumplan ciertas garantías, ciertas obligaciones de conocimiento, recursos, etc que garanticen el cumplimiento de sus obligaciones ante el consumidor.

Ya generan suficientes problemas las aseguradoras reguladas como para pensar que si les quitamos de encima a la «policía» van a ser más éticas, responsables y solventes ¿no crees?

Espero haberte ayudado a entender esto.

Un saludo,