Proveedores de tecnología a empresas fintech

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EnFintech Staff ha preguntado hace 6 años

¿Están sujetas a algún tipo de autorización y supervisión las empresas que se dedican a ser proveedores de tecnología de Empresas de Servicios de Inversión o de otra entidad registrada en la CNMV?

1 respuestas
Pau A. Monserrat Staff ha respondido hace 6 años

La CNMV responde que NO:

«Estas empresas no están sujetas a la autorización, registro y posterior supervisión de la CNMV. Son las empresas que utilizan sus servicios tecnológicos, y que realizan los correspondientes servicios de inversión con los clientes finales, las responsables ante la CNMV de la utilización de cualquier tecnología. No obstante, en el caso de que el servicio prestado suponga la externalización de funciones operativas esenciales o importantes de la Empresa de Servicios de Inversión o de otra entidad registrada en la CNMV, el proveedor de tecnología deberá cooperar con la autoridad competente para facilitar la supervisión de las mismas.».

Así por ejemplo, una empresa de tecnología que ofrezca a una fintech un programa de asesoramiento automatizado no estará obligado a cumplir con las obligaciones y supervisión de la CNMV, sino la fintech que compra el programa. Sin embargo, si el servicio que presta la empresa de tecnología a la fintech también supone gestionar funciones operativas importantes, el proveedor de tecnología deberá cooperar con la CNMV para facilitar su función de supervisión.