Desde que se creó la UE, el objetivo ha sido crear un espacio comunitario común en el que los países miembros operen entre ellos con más facilidad, reduciendo fricción en todos los ámbitos: económico, burocrático, etc. Una de las áreas en la que más incidencia se está dando es la estandarización de las operaciones entre los bancos de los países pertenecientes al espacio europeo. En este sentido no hay que olvidar que el espejo de la UE sigue siendo Estados Unidos, el cual tiene modelos y políticas mucho más estandarizadas, lo que conlleva ventajas comparativas y, por tanto, el liderazgo en cuestiones financieras.
Así pues, la búsqueda de la estandarización y la homogeneización de modelos y operaciones ha sido una constante en la Unión Europea desde su creación, a pesar de las reticencias de los países miembros. Un paso fundamental se dio en el año 2009. Por entonces, los países del Área Económica Europea (que comprende la UE más Islandia, Noruega, Suiza, Mónaco y Liechtenstein) adoptaron la primera directiva sobre servicios de pago, conocida por sus siglas en inglés PSD1 (Payment Service Providers), que a su vez sentó las bases para poner en marcha SEPA (Single Euro Payment Area), que traducido significa Zona Única de Pagos en Euros. El objetivo de esta normativa, liderada por el Consejo Europeo de Pagos y con el apoyo de la Comisión Europea, no era otro que el de crear una zona en la que los pagos en euros se realizasen en igualdad de condiciones, derechos y obligaciones.
Con SEPA, una transferencia entre dos cuentas nacionales es tan rápida y sencilla como una transferencia entre una cuenta en España y otra en cualquiera de los países participantes.
Principalmente, estos son los elementos de pago que se vieron afectados:
- Las cuentas bancarias, en las que el Código Cuenta Cliente (CCC) desapareció para dar lugar al Internacional Bank Account Number (IBAN).
- Transferencias SEPA, en sustitución de las transferencias normales, que pasaron a realizarse en base a los códigos BIC e IBAN.
- La domiciliación de recibos, sustituida por los adeudos directos SEPA.
- Las tarjetas de débito y crédito, cuya principal novedad fue la introducción del chip EMV.
Con esta directiva aumentó la seguridad y la comodidad de los clientes de las entidades bancarias, eliminándose trámites burocráticos relacionados con operaciones internacionales, posibilitando que cualquier cliente con una única cuenta, una única tarjeta y unos instrumentos de pago con idénticas características pudiera realizar pagos en cualquiera de los países de la zona SEPA.
Pero, además, PSD1 introdujo por primera vez una nueva categoría de proveedor de servicio de pago diferente a los tradicionales bancos, hecho que serviría para aumentar la competencia y la capacidad de elección de los clientes. De hecho, fue el germen de la aparición y posterior consolidación de las fintech, las nuevas empresas que, sin ser bancos, ofrecen servicios financieros utilizando para ello todo el potencial que ofrecen las nuevas tecnologías.
Los principales nichos de comercio sobre los que las fintech comenzaron su andadura fueron:
- Pagos y transacciones. A través de internet o mediante aplicaciones móviles, permiten la realización de consultas, pagos y transferencias. Todo ello sin la necesidad de acudir a una oficina bancaria. En este sentido, la primera empresa, y la que más éxito ha alcanzado hasta ahora es la pasarela de pagos PayPal.
- Finanzas personales. Aquellas empresas que permiten a sus usuarios realizar consultas de sus movimientos o transacciones con entidades financieras.
- Consultoría y comercialización para inversiones. Tienen como objeto gestionar la cartera de inversiones de sus clientes, gestionando compra-venta de acciones y otros activos bursátiles, así como asesorándoles para conseguir rentabilidad por sus ahorros de la mejor forma posible.
- Alternativas de financiación entre particulares y empresas. Aquellas que ponen en contacto a inversores con proyectos que necesitan financiación.
Sin embargo, en 2015 se decidió que se debía dar un paso más en mejorar las reglas existentes y, sobre todo, en promover los pagos por el móvil y a través de Internet, lo que significaría un intento por acercar a las entidades bancarias a los nuevos tiempos digitales en materia financiera y de pagos. Es ahora, en 2018 cuando esta nueva normativa entra en vigor.
Aunque los cambios que se introducen son múltiples y tienen numerosas implicaciones, lo que más ruido está generando es todo lo que tiene que ver con la apertura de los servicios de pago de los bancos a terceras empresas, los denominados TPPS, por sus siglas en inglés Third Party Payment Service Providers. Y es que con esta norma se eliminan la mayor parte de las barreras establecidas para acceder a los servicios de pago tradicionales de los bancos, lo que significará la llegada de nuevos actores en el mercado.
Si algo indica la introducción de esta nueva norma es la firme apuesta de la UE por introducir, por un lado, mayor seguridad en las transacciones, así como una mayor libertad de los usuarios a la hora de escoger su operador, por otro, una mayor competencia en el mercado de los servicios bancarios, que supondrá la reducción de las barreras de entrada, la llegada de productos y servicios alternativos y la aparición de entidades que operarán sin ser bancos y ni siquiera tener productos propios, y cuyo valor añadido será el de asesoramiento a sus clientes y la oferta de un conjunto de productos adaptados al mismo.
No faltan expertos que opinan que esta apuesta de la UE es una respuesta a lo sucedido durante la crisis económica. Con esto se pone fin al monopolio de los servicios bancarios para esa banca tradicional a la que hubo que apuntalar en casi toda Europa, se le fuerza a la renovación y se le advierte que existirá una alternativa a sus servicios a no mucho tardar, con lo que se le insta a mejorar sustancialmente.
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