Categoría: Consejos Fintech (página 2 de 3)

Fintech y protección al consumidor

Derechos del consumidor fintech

La desconfianza del consumidor financiero hacia la banca tradicional tiene una explicación muy clara: de forma generalizada no se han respetado sus derechos como clientes, con el agravante de no contar con similar formación y herramientas que los bancos a la hora de negociar la contratación de productos financieros. Una asimetría informativa y de capacidad de negociación que justifica la especial protección al consumidor financiero minorista. La normativa exige a los bancos que cuiden los intereses de los clientes como si fueran propios. El Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, estipula en su artículo 208, apartado 1,  sobre las obligaciones de diligencia y transparencia:

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Crowdfunding CNMV

Crowdfunding CNMV

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) es el supervisor público encargado de vigilar las empresas de crowdfunding que operan en España, mediante la modalidad de crowdfunding de préstamo (crowdlending) y crowdfunding de capital o proyectos (equity crowdfunding). Para este tipo de fintech de pedir e invertir dinero, a cambio de intereses o participaciones en el capital social de las empresas, existe la obligación de estar dadas de alta en la CNMV como plataformas de financiación participativa. A día de hoy ya hay 13 startups tecnofinancieras debidamente dadas de alta en el registro.

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ING fintech

Cuando analizamos las diferentes iniciativas fintech del sector tecnofinanciero surge una interesante cuestión: ¿un banco puede ser una fintech? Y al intentar responder a esta pregunta, casi es automático pensar en ING Direct, una entidad financiera que ya desde sus inicios en España utilizó un lenguaje y forma de hacer negocios diferente a los bancos tradicionales.

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Qué es micromecenazgo

Foto de un ballet

El micromecenazgo es una forma de dejar dinero colectivamente a proyectos comunitarios, a creadores artísticos, literarios o científicos para que lleven a cabo sus iniciativas, obras o investigaciones, a cambio de algún tipo de recompensa. El micromecenazgo también se conoce como crowdfunding de recompensa y el proyecto fintech más conocido en España en estos momentos es Verkami. Este término genérico también se utiliza para hacer referencia al fenómeno glogal de la financiación colectiva, tecnofinanciación o crowdfunding. Pero Enfintech pensamos que encaja mejor para definir multitud de «mecenas» que con su dinero apoyan a artistas para que ejecuten sus obras y, a cambio, les recompensen con libros firmados, obras personalizadas o asistencia al museo dónde exponen su arte, entre otras posibles recompensas.

En definitiva, con el término «micromecenazgo» podemos hacer referencia a un tipo específico de crowdfunding, el crowdfunding de recompensa, o al fenómeno en su conjunto, el crowdfunding.

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Fiscalidad del crowdfunding

Participar en proyectos de crowdfunding puede ser muy rentable y generarnos ganancias por encima de otras formas de inversión. Por estos beneficios, por supuesto, hay que tributar. Conocer la fiscalidad del crowdfunding cuando dejamos dinero de forma colectiva y otros tipos de financiación colectiva nos ayudará a evitar que los impuestos se coman toda nuestra ganancia.

Pensemos en la compra de un bono de empresa, que no deja de ser parte de una emisión de deuda que realiza la sociedad para financiar sus proyectos o si invertimos directamente en la empresa comprando participaciones. Los beneficios de ambas operaciones tributan, y, por tanto, ocurre de forma análoga si en lugar de hacerlo directamente lo hacemos a través de una plataforma de crowdfunding.

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Crowdfunding y Hacienda

Foto de cálculo de impuestos

El crowdfunding ha abierto nuevas posibilidades de financiación e inversión más allá de las entidades financieras. Este cambio de modelo que tanto facilita a ambas partes también modifica aspectos tan importantes como la fiscalidad. Como suele pasar, los arranques del crowdfunding generaron ciertas dudas de interpretación. La novedad se había ganaba la partida a las normas, pero como también ocurre con los temas impositivos, no se ha tardado en dar respuesta a las dudas fiscales que planteaba esta nueva forma de financiación gracias al desarrollo de la Ley de Fomento de Financiación Colectiva (ver en PDF), todo ello con un punto de origen claro, la forma en la que se realizan las aportaciones.

Qué entregamos y qué contraprestación recibimos

El punto de arranque, como hemos dicho, está en la forma en la que hacemos las aportaciones. Por ejemplo, si hacemos una entrega voluntaria y desinteresada, estaríamos hablando de una donación, sujeta al impuesto sobre el mismo nombre. Si lo hacemos a través de un crowdfunding con una contraprestación en intereses, ya sería un préstamo, sujeto a los impuestos por el rendimiento que genere.

También será muy distinto si el que recibe el dinero es un particular, incluso siendo un profesional autónomo, a si lo es una persona jurídica. Veamos todos los casos de forma sencilla.

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Préstamos crowdfunding

A la hora de pedir dinero un cliente puede acudir a una entidad financiera, un banco tradicional o una entidad de crédito, a solicitar un préstamo personal o hipotecario, además de otras fórmulas de financiación a corto plazo como las tarjetas de crédito o los descubiertos en cuenta corriente, incluso los adelantos de nómina. Sin embargo, ya es posible acceder a las empresas que gestionan préstamos crowdfunding, también conocidas como fintech de crowdlending.

Los préstamos crowdfunding, crowdlending o financiación colectiva suponen pedir dinero a préstamo, mediante estas empresas tecnológicas que hacen de punto de encuentro y gestionan la parte jurídica y operativa, a una multitud de personas dispuestas a dejarnos dinero. Cuando una empresa o particular presta dinero junto a otros muchos, diversifica mucho más el riesgo de impago que si deja todo el dinero a un solicitante. Si el prestatario es serio y devuelve el capital y los intereses comprometidos, en el plazo pactado, rentabilizamos nuestro dinero de una forma muy importante. Si hay un impago, limitamos la pérdida dejando solo una parte pequeña de la deuda no atendida.

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